martes 14 de abril de 2026 18:28 pm
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Abogada Yudith Feliz, lleva La Ley de CONFOTUR del Ministerio de Turismo a Fitur 2024.

“Mira, yo te digo una cosa; la seguridad jurídica ahora mismo que tiene la República Dominicana, es envidiable en el Caribe, la seguridad jurídica que te proporciona tú invertir, por ejemplo, a extranjeros que quieran invertir en la República Dominicana, lo hacen porque hay una verdadera seguridad jurídica, el dinero está seguro. Y el dominicano que está aquí, que vive trabajando mucho quiere una casa allá, y quizás porque en Estados Unidos o en Europa es muy caro y no les da para invertir allá. Entonces invierten en la República Dominicana y tienen que saber que si invierten tienen excepciones de hasta 15 años sin pagar impuestos, y también no pagan el impuesto de la transferencia, siempre y cuánto ese inmueble esté bajo la ley de con CONFOTUR. O sea, que es muy bueno que sé asesoren antes de invertir”, finalizó diciendo Ydutith Feliz.
En santo Domingo: 809-508-1621 y 809-533-8461. https://www.yudithfeliz.com/

Por José Zabala.

España –Madrid: La reconocida abogada Yudith Feliz  presento una excelente propuesta informativa y de orientación  en Fitur 2024 para los dominicanos residente en el exterior y en el país, como es la Ley No. 158-01 sobre fomento al desarrollo turístico para los polos de escaso desarrollo y nuevos polos en provincias y localidades de gran potencialidad, con el objetivo de acelerar un proceso racionalizado de desarrollo de la industria turística en todas las regiones con potencial y condiciones naturales para su explotación turística en todo el territorio dominicano. Feliz dijo que la referida ley, se creó el Consejo de Fomento Turístico (CONFOTUR), con la finalidad de aplicar las directrices de la Ley No. 158-01, así como crear las condiciones y las facilidades necesarias para que los proyectos turísticos innovadores puedan acogerse a los incentivos otorgados por la ley.

El derecho migratorio siempre ha sido mi pasión, pero lo ampliamos, porque una vez tú le haces la residencia a un dominicano y se va a los Estados Unidos; por ejemplo, empieza a trabajar para comprar su casita, quieres saber cómo hacerlo; y hay leyes de incentivo donde no pagas impuestos, siempre y cuando esté avalado por la ley de CONFOTUR. Así es, por eso estamos aquí en Fitur, asesorando sobre lo que es la residencia y las leyes de inversión turística”, dijo la abogada Feliz.

“CONFOTUR es una ley muy buena de incentivos fiscales, que conlleva la exoneración de pagos de impuestos; usted no va a pagar impuestos en algunos casos, todo depende de la propiedad, pero siempre y cuando tengas CONFOTUR es una maravilla”, agregó  Yudith  Feliz

Yudith Feliz, Licenciada en Derecho, Master en Derecho Internacional y Relaciones Internacionales, Master en Derecho de Extranjería de la Unión Europea, Máster en migración Estadounidense. Feliz es Abogada Especialista en  Derecho Migratorio para Estados Unidos, Europa, Canadá y República Dominicana y Ley de Confotur.

Cabe destacar que la Ley de Confotur crea muchos beneficios como: Queda excluido de impuestos sobre la renta sobre personas físicas o jurídicas que emprendan, promuevan o inviertan capitales en las actividades reguladas por la ley, así como aquellas que desarrollen nuevos proyectos u ofertas complementarias, ya sea por concesión, arrendamiento y cualquier otra forma de acuerdos con el Estado Dominicano en los polos turísticos indicados en la ley y de conformidad con el Art. 3 de la misma.

  • Queda excluido de impuestos nacionales y municipales por concepto de constitución de sociedades ya constituidas.
  • Impuestos nacionales y municipales por concepto sobre derechos de transferencias de derechos inmobiliarios, por ventas, permutas, aportes en naturaleza y cualquier otra forma de transferencia.
  • Queda excluido de impuesto sobre la Propiedad Inmobiliaria (IPI)
  • Tasas, derechos y cuotas por la confección de los planos, de los estudios, consultorías, supervisión y construcción de las obras a ser ejecutadas en el proyecto turístico de que se trate, esta última exención, aplicable a los contratistas.
  • Queda excluido de los impuestos de importación y otros impuestos tales como tasas, derechos, recargos, incluyendo el impuesto de transferencia de bienes industrializados y servicios (ITBIS), que fueren aplicables sobre las maquinarias, equipos, materiales y bienes muebles que sean necesarios para la construcción y para el primer equipamiento y puestas en operación de la instalación turística de que se trata.
  • No aplica retenciones sobre financiamientos nacionales e internacionales, ni los intereses de estos, otorgados a las empresas que sean objeto de estos incentivos.
  • Las personas físicas o morales podrán desgravar de su renta neta imponible el monto de sus inversiones en proyectos turísticos comprendidos dentro del ámbito de esta ley, pudiendo aplicar la amortización de dichas inversiones hasta un (20%) de su renta imponible, cada año, en ningún caso el plazo de amortización excederá de 5 años.
  • Exención total y absoluta de las maquinarias y equipos necesarios para lograr un alto perfil de la calidad de los productos (hornos, incubadoras, plantas de tratamiento de control de producción y laboratorios, entre otros), al momento de la implantación.

Estos incentivos se aplican a proyectos de nueva construcción, que cumplan con los requisitos exigidos por la ley. El período de exención es de 15 años a partir de la terminación de los trabajos de construcción, se otorgan 3 años para iniciar de las operaciones de forma sostenida e ininterrumpida el proyecto aprobado.

Más de la reconocida abogada experta en Inmigración Yudith Feliz.

“Muy felíz estar aquí llevando un poco de luz a tanta gente, porque no nada más trabajamos lo que es el derecho migratorio, sino también, la inversión a la República Dominicana; enseñándoles a nuestros dominicanos en el exterior como invertir en la República Dominicana también.

‘Tengo trabajando 17 años, ayudando a los dominicanos a lograr sus visas; me atrevería a decir que por mis manos han pasado sobre los 16 mil dominicano. Gracias a Dios mi nombre es una marca. Yo siempre le digo a la gente que hay que asesorarse, asesorarse no cuesta, porque es mucho lo que tú te puedes ahorrar con una buena asesoría; te puedes ahorrar tiempo, te puedes ahorrar dinero, te puedes ahorrar el perder ilusiones, porque cuando tú cometes un error en el formulario y lo llenas mal, es un problema”.

“Cuando un residente o ciudadano pide a su cónyuge, muchas veces no sabe que en esas misma petición no puede incluir a sus hijos, hay que hacer una petición aparte. Entonces cuando llegas a la cita, en el consulado te dicen; no te puede llevar a tus hijos. Imagínate, es una tragedia familiar, hay que hacer una nueva petición y esperar 2 años. Por eso es tan importante la asesoría”.

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