sábado 9 de agosto de 2025 02:53 am
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Matrimonio con separación de bienes ¿cómo se hace?

Por Esteban Delgado

Cuando una pareja de novios decide casarse, generalmente se dejan de lado aspectos esenciales para concentrarse en la ilusión del momento: la boda; por lo que se piensa poco en los aspectos materiales, especialmente relacionados con patrimonios familiares que pueden estar a nombre de uno o de otro, aunque no sean del todo suyos.

Por ejemplo, puede ser que el padre de la novia, quien lleva toda una vida trabajando para lograr un patrimonio familiar (casa, empresa o acciones de ésta, inmuebles diversos), los haya puesto a nombre de la hija que se casa, pero se trata de bienes de la familia, donde hay otros hermanos, además de la madre, es decir, la esposa de su padre.

En esos casos, si llegara a producirse un matrimonio sin separación de bienes y luego un divorcio, pueden darse situaciones complicadas en cuanto al momento de adquisición del bien, si realmente es parte de la comunidad matrimonial o si son de exclusividad de la esposa.

En el caso de República Dominicana, la normativa legal sobre el matrimonio es muy vieja, además de poco clara en aspectos que hoy, mucho más que antes, son de vital importancia y de constante discusión, más si se toma en cuenta que, en promedio, uno de cada dos matrimonios termina en divorcio en este país.

También puede darse el caso de una persona de cierta edad, que queda viuda y con varios hijos ya adultos. Al cabo de un tiempo decide casarse y, tras su muerte, a su cónyuge le correspondería el 50% de herencia de un patrimonio sobre el que no hizo ningún aporte ni esfuerzo, restando esa parte a los progenitores del fallecido. 

Esto así, porque en República Dominicana, la normativa vigente no reconoce el testamento dando exclusividad de herencia a personas o entidades específicas, ya que se mantiene la norma de que el cónyuge hereda el 50% y el otro 50% les corresponde a los hijos, independientemente de las preferencias o los méritos de cada cual. 

Por esa y otras razones, no es descabellada la opción de establecer un acuerdo de separación de bienes antes del matrimonio, con lo cual las cosas quedan debidamente claras y se da como un hecho que todo lo que adquieran después de casados es de ambos, pero no lo que hayan obtenido antes de casarse.

Pero no se debe perder de vista que, en el matrimonio, la separación de bienes no se establece con solo decirlo; hay que llenar una serie de requisitos previos, sobre los cuales siempre es recomendable buscar asesoría legal de un abogado profesional en la materia.

Entre los pasos a seguir para establecer la separación de bienes está la necesidad de realizar un acuerdo entre cónyuges, cuya redacción incluye la firma de capitulaciones matrimoniales ante un notario público y su posterior inscripción en el Registro Civil. Ese proceso se realiza antes del matrimonio, no durante ni después.

El acuerdo entre cónyuges debe establecer con claridad la separación de los bienes adquiridos por las partes antes de casarse. Las capitulaciones matrimoniarles deben ser firmadas por ambos, estableciendo la separación de bienes. El documento debe ser legalizado y notarizado, previo a su depósito ante el Registro Civil, que es el organismo de la Junta Central Electoral (JCE) donde se registra el matrimonio.

Puede darse el caso de un acuerdo de separación de bienes durante el matrimonio y no antes, para lo cual sería necesario liquidar la comunidad de bienes existente antes de establecer la separación, lo que implica mayores complicaciones legales.

Hay países en donde la separación de bienes previos al casamiento se da como un hecho al momento de casarse. El República Dominicana es lo contrario, si usted se casa sin separación de bienes previamente firmada y registrada, se da como un hecho que no hay separación de bienes y que el matrimonio incluye la comunidad de todo lo adquirido.

Por eso se recomienda buscar asesoría legal de un profesional especializado en la materia, pues, como dijimos anteriormente, la normativa local sobre el matrimonio y el divorcio no es actualizada y su contenido deja mucho a la interpretación, algo que puede implicar complicaciones si el caso llegara a los tribunales.

La Escuela Económica

Esteban Delgado

@estebandelgadoq

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