viernes 22 de mayo de 2026 13:54 pm
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RD: JCE establece nuevo reglamento para encuestadoras: Transparencia y rigor en sondeos electorales en República Dominicana

La Junta Central Electoral (JCE) de República Dominicana publicó este viernes un nuevo reglamento para el registro de encuestadoras y la publicación de sondeos electorales, con el objetivo de garantizar transparencia, rigor técnico y equidad en los procesos electorales del país. El documento, firmado por el presidente del organismo, Román Andrés Jáquez Liranzo, y los demás miembros del Pleno, establece que solo las empresas debidamente registradas ante la JCE podrán realizar y publicar encuestas con fines electorales.

Para obtener la habilitación, las firmas encuestadoras deberán presentar ante la Secretaría General de la JCE sus estatutos sociales, la nómina de accionistas y directivos, la composición del consejo de administración, información sobre filiales internacionales (si las tienen) y los currículos de los técnicos que participen en los sondeos. La Dirección Nacional de Elecciones tendrá 15 días laborables para verificar los requisitos y elevar una recomendación al Pleno, que dispondrá de igual plazo para emitir la constancia de habilitación. Las empresas que sean rechazadas podrán presentar un recurso de reconsideración dentro de los 30 días siguientes a la notificación.

Uno de los aspectos más destacados del reglamento es la prohibición de publicar o difundir encuestas con fines electorales antes del inicio formal del período de precampaña, que comienza el primer domingo de julio del año previo a las elecciones. La JCE justifica esta medida argumentando que la publicación anticipada puede generar ventajas indebidas entre los actores políticos que aparezcan en los sondeos. Sin embargo, las organizaciones políticas podrán contratar encuestadoras para trabajos internos fuera de ese período, aunque no podrán publicar sus resultados.

El reglamento también regula los sondeos de boca de urna (exit polls). Quienes deseen realizarlos deberán notificarlo a la JCE con al menos 8 días de anticipación. Los resultados deberán entregarse en sobres cerrados a la Secretaría General dentro de las tres horas posteriores al cierre de votaciones, y solo podrán publicarse cuatro horas después de vencido ese plazo.

El incumplimiento de estas disposiciones acarrea sanciones que van desde multas de uno a 200 salarios mínimos hasta la suspensión temporal o cancelación definitiva del registro. Las empresas ya registradas tienen 30 días laborables desde la publicación del reglamento para actualizar sus expedientes, bajo pena de revocación.

El reglamento fue publicado en cumplimiento del artículo 31 de la Ley 107-13 sobre procedimiento administrativo y puede consultarse en la página web de la JCE: www.jce.gob.do.

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